abril 18, 2026

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Amplian a 3 años la vigencia de la autorización para el autocultivo de marihuana

Amplian a 3 años la vigencia de la autorización para el autocultivo de marihuana

El Gobierno modificación hoy de uno a tres años la vigencia del certificado que autoriza el Cannabis de autocultivo para uso medicinal a través del programa REPROCANN.

El nuevo plazo se comunicó en la Resolución 766/2023 publicado este jueves 20 de abril en el Boletín Oficialcon la firma de Carla Vizzotti, ministra de Salud. La oficialización da en la misma fecha en la que celebra el Día Mundial de la Marihuana.

«El Certificado de autorización de emisión por el REPROCANN se constituye como prueba fehaciente y autosuficiente del cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Resolucióndurante el plazo de vigencia de tres años desde la fecha de emisión», detalla el Artículo 1°, à través del cuel modificación del artículo 10 de la Resolución N° 800/2021.

El documento aclara que, teniendo en cuenta la «experiencia recogida el resultado es practico modificar el lugar de Vigencia al final de adecuar el mismo a la situacion de los usuariosasí también a las gestiones administrativas e informáticas aplicables».

Boletín Oficial 20 de abril de 2023

Boletín Oficial 20 de abril de 2023

Hace seis años que sancionó la Ley de Uso Medicinal del Cannabissin embargo, el acceso al tratamiento es violado por su reglamento. Recién en 2020, se realizará una nueva regulación que amplió su utilización más allá de la epilepsia refractaria y permitió el autocultivo, garantizó el suministro a los pacientes, fomentó la investigación y autorizó la producción pública y privada de aceite y otros derivados.

En marzo de 2021, el Gobierno reglamentó la creación del registro para el autocultivo de marihuanafue cuando hubo darle vigencia de un año a la autorización y ahora fue extendida a tres años.

Para inscribirse, los usuarios pueden hacerlo «por sí oa través de un representante y obtención de autorización para cultivar, para acceder al cultivo a través de una tercera persona (cultivador) oa través de una organización civil autorizada a esos efectos».

El requisito para solicitar la autorización es contar con indicación médica del uso del cannabis y puede realizar en https://reprocann.msal.gob.ar.

RB/ff

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