abril 18, 2026

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2023: ¿la final de las reelecciones indefinidas?

2023: ¿la final de las reelecciones indefinidas?

En la Facultad de Derecho, nuestros docentes y maestras estamos comprometidos a respetar las sentencias de los jueces porque son un pilar fundamental del sistema constitucional argentino y porque son una de las lecciones más contundentes que aprende la humanidad de manera tan universal contra la arbitrariedad. En esta misma clase aprendemos también apreciar a los precedentes judiciaires (la jurisprudencia) as piedra de toque del sistema y como cimiento luminoso sobre el que busca sosiego la seguridad jurídica. Es justamente en esas primeras clases cuando cala hondo el principio de supremacía de la ley y cuando comenzamos a comprender el control que ejercen los jueces en nuestro sistema para garantizar la constitucionalidad de las normas que dicta el Congreso (leyes) o el Poder Ejecutivo (decretos ).

Forjados bajo esas premisas, los Jueces son, por regla general, reacios a los cambios y propenden a administrar justicia sin levantar polvareda y muchas veces ello mismo los lleva a resolver con una parsimonia que exaspera. Los jueces son concienzudos de ello y probablemente encuentran mayor comodidad resistiendo a los cambios pero saben también que administran justicia en una sociedad abierta, cambiante y democrática les impone, à la corta oa la larga, adoptar un cambio de criterios.

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El ejemplo más claro de esta puja entre lo viejo y lo nuevo, lo vemos hoy con la reelección indefinida de los cargos ejecutivos (presidente, gobernadores e intendants). Si ya de lado el caso de los presidentes, porque nuestra constitución se ha encargado de vedarlo expresamente, la sociedad y la justicia argentina ha admitido históricamente la validación de las reelecciones indefinidas de gobernadores e intendentes pero ya no quedan argumentos para sostenerlo y los debates legislativos en la provincia de Buenos Aires durante los últimos años lo han dejado de manifiesto. Por el lamentable y esperanzador resultado de que durante el 2023 hemos definido a los candidatos, la sociedad y la justicia han resentido a todos los candidatos a gobernadores e intendentes que pretenden seguir antirepublicanamente además cargos tan pretexto de las constituciones o normas provinciales que los habilitan a presentar nuevos .

Opinión Consultiva OC-28/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de 7 de junio de 2021 versa sobre el caso de la reelección indefinida de los presidentes pero sus conclusiones se irradian y proyectan con perfecta analogía a los gobernadores e intendentes del sistema federal argentino.

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No es aquí el lugar para reproducir todos los argumentos vertidos por la mayoría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (ni tampoco los del voto en minoría de Zaffaroni) pero la conclusión fue categórica. De una lectura sistémica de la Convención Americana, incluyendo su preámbulo, la Carta de la OEA y la Carta Democrática Interamericana, concluimos que la habilitación de la reelección indefinida (más de dos mandatos) es contraria a los principios de una democracia representativa y, por ende, a las obligaciones establecidas en la Convención Americana y Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

En el año 2023 la sociedad y los jueces licitadores tendrán la oportunidad de atreverse a dar un salto de calidad en nuestras instituciones. Y como dijo Fayt en el caso «Rodríguez Pereyra» no hay que temerle a los cambios en la jurisprudencia: «… la autoridad de los precedentes debe ceder ante la comprobación del error o de la inconveniencia de las decisiones anteriormente recaídas (.. .) Estar a lo que se ha decidido previamente es un principio básico de recta judicatura y de necessidad de certeza en l’aplicación de la ley. apuntados ut supra con el consiguiente menoscabo de los derechos constitucionales en juego…”.

El autor es Abogado, Magíster en Derecho Empresarial y Profesor de Derecho Constitucional

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